El TS declara nulo el despido de un conductor de ambulancia que se negó a hacer más horas

La empresa deberá readmitirle y abonarle una indemnización de 6.000 € por vulnerar su garantía de indemnidad.

En una sentencia histórica, el Tribunal Supremo ha interpretado por primera vez la Disposición Adicional Tercera de la Ley 5/2024, anulando el despido disciplinario de un trabajador que había denunciado incumplimientos laborales y el impago de horas extras ante la Inspección de Trabajo. Esta decisión establece un precedente importante al reforzar la protección de los derechos laborales frente a represalias.

El empleado, conductor técnico de ambulancias, fue despedido después de negarse a realizar un servicio adicional debido a una jornada laboral excesiva de 12 horas. A pesar de no negar los hechos, el trabajador argumentó que su jornada ya excedía las horas legales, y la inclusión del servicio solicitado aumentaría aún más este exceso.

El trabajador había presentado múltiples reclamaciones ante la empresa y la Inspección de Trabajo, solicitando el pago de horas extras no reconocidas y denunciando incumplimientos en la jornada laboral. Estas acciones llevaron al trabajador a demandar la nulidad de su despido, alegando una violación de su derecho a la garantía de indemnidad, que protege a los empleados contra represalias por reclamar sus derechos laborales.

Inicialmente, el Juzgado de lo Social número 5 de Badajoz y el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura consideraron el despido improcedente, pero el Tribunal Supremo revocó estas decisiones al interpretar la Ley 5/2024. El Supremo concluyó que las reclamaciones internas y ante la Inspección de Trabajo activaban la protección de la garantía de indemnidad, y la empresa no proporcionó pruebas suficientes de incumplimientos que justificaran el despido.

El Tribunal Supremo determinó que la orden de la empresa era ilegítima y atentaba contra la seguridad y salud del trabajador. Además, el trabajador había denunciado reiteradamente los excesos en la jornada laboral y solicitado el pago de horas extras, lo que evidenciaba represalias por parte de la empresa.

Finalmente, el Tribunal Supremo declaró nulo el despido y ordenó la readmisión del trabajador, además de una indemnización de 6.000 € por violar su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y la garantía de indemnidad.