Luz verde del Gobierno a la jubilación anticipada para profesiones de riesgo y condiciones laborales extremas

El Ejecutivo ha aprobado un nuevo marco normativo que permitirá a determinados colectivos acceder a la jubilación anticipada sin penalizaciones, siempre que se acrediten condiciones laborales especialmente penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres.

La iniciativa responde a una demanda histórica de sectores como la construcción, el personal de vuelo o el ámbito sanitario, entre otros, y da cumplimiento a uno de los compromisos pendientes del último acuerdo sobre pensiones alcanzado en el diálogo social.

Este procedimiento, que podrá ser activado por organizaciones sindicales, asociaciones de autónomos, patronales o la propia Administración, contempla la aplicación de coeficientes reductores sobre la edad legal de jubilación cuando no sea viable mejorar de forma efectiva las condiciones de trabajo del colectivo afectado.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha detallado tras el Consejo de Ministros que la nueva normativa se ha elaborado con el consenso de los principales interlocutores sociales. “Se trata de una medida de justicia social que dota al sistema de mayor flexibilidad para proteger a quienes desempeñan tareas especialmente duras o peligrosas”, ha asegurado. Saiz ha subrayado que la propuesta se apoya en “criterios técnicos objetivos” y se alinea con experiencias similares en países como Francia o Italia.
Condiciones para el acceso y criterios de evaluación

El acceso a este tipo de jubilación anticipada conllevará una cotización adicional específica a la Seguridad Social, que se establecerá anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Esta cotización extra se aplicará sobre las contingencias comunes, tanto por parte de la empresa como del trabajador. En ningún caso la edad de jubilación podrá ser inferior a los 52 años.

Para determinar si una actividad profesional puede beneficiarse de esta medida, se valorarán varios factores:

Penosidad, como la exposición a temperaturas extremas, ruidos intensos, vibraciones o esfuerzos físicos continuados.

Toxicidad, en casos de contacto habitual con agentes químicos, físicos o biológicos perjudiciales.

Peligrosidad, si el puesto conlleva un riesgo elevado de sufrir accidentes laborales o enfermedades profesionales.

Insalubridad, cuando el entorno laboral pueda tener un impacto negativo sobre la salud de quienes trabajan en él.

Aunque el primer objetivo es siempre mejorar las condiciones de trabajo, la ministra ha remarcado que, si esto no es posible, se aplicará esta vía de jubilación anticipada. De hecho, ya existen precedentes consolidados, como el caso de los mineros, policías, trabajadores del mar o tripulantes aéreos, cuyas condiciones específicas seguirán rigiéndose por sus normativas particulares.
Cómo se evaluará cada caso

Para valorar objetivamente si una ocupación puede acogerse a esta medida, la Seguridad Social elaborará una fórmula de evaluación que tendrá en cuenta indicadores como el volumen de bajas médicas, la frecuencia de incapacidades permanentes, los índices de mortalidad y la duración media de las ausencias laborales dentro del colectivo afectado.

Además, se incluirán otros elementos de análisis, como el tipo de contingencias, la edad y sexo de los trabajadores, la temporalidad en el empleo, la jornada parcial, el tamaño de las empresas y la localización geográfica.
Inicio del procedimiento y proceso de evaluación

La solicitud para iniciar este procedimiento podrá ser presentada conjuntamente por sindicatos, organizaciones empresariales, colectivos de autónomos o por parte de las Administraciones Públicas. La petición deberá dirigirse a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que será la encargada de recopilar informes de diversos organismos como la Inspección de Trabajo, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y, en el caso del personal público, también del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Con toda la documentación reunida, una comisión evaluadora integrada por representantes de los agentes sociales emitirá un informe final sobre la idoneidad de aplicar coeficientes reductores en la actividad profesional analizada. Si el resultado es favorable, el Gobierno aprobará un real decreto que establecerá la reducción concreta de la edad de jubilación ordinaria para ese colectivo.