Antonio Rodríguez, secretario general de SITCA, informa a Sitca.es que el hecho de que el Tribunal Supremo ha avalado la decisión de una empresa que dejó de considerar el llamado ‘descanso para bocadillo’ como trabajo efectivo, al considerar que no supuso una modificación laboral sustancial por basarse en la «tolerancia» del empresario y no ser un derecho reconocido por contrato, es inadmisible. En cualquier parte del mundo, en los colegios, trabajos y hasta en tu propia casa, te aconseja cualquier médico nutricionista que a media mañana debes hacer un descanso para tomar tu bocadillo, fruta o cualquier comida que consideres. Esto lo pondremos en manos de nuestros nuestro Departamento Jurídico para hacer una lectura más profunda y ver que ha pasado en esta empresa de Valencia ya que no es normal que un derecho tan viejo y adquirido por los trabajadores luchando en las calles lo venga a tumbar el Supremo. que dice que ‘el descanso para el bocadillo’ no es un derecho sino una muestra de «tolerancia» del empresario