Una empresa debe indemnizar con 40.000 euros a un trabajador por negarle su permiso de paternidad

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha falla a favor de un empleado y refuerza el derecho a la conciliación

En un fallo significativo para la protección de los derechos de los padres trabajadores, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha impuesto a una empresa el pago de 40.000 euros en concepto de indemnización a un empleado al que se le negó el ejercicio íntegro de su baja por paternidad. Este caso destaca la importancia de garantizar el derecho a la conciliación entre la vida personal y profesional en España.

El trabajador, vinculado a la empresa desde 2006, notificó en julio de 2022 el nacimiento de su tercera hija y su intención de acogerse tanto a las seis semanas obligatorias de permiso como a las diez adicionales, conforme al artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, la compañía se opuso a su solicitud e intentó disuadirlo.

Una negativa tajante por parte de la empresa

Durante una reunión con el director de planta y el responsable de Recursos Humanos, el trabajador recibió una advertencia directa: “Tú quieres tomar el permiso y nosotros no queremos que lo hagas, lo has dicho claramente”. Además, se le explicó que la política interna difería de lo establecido por la ley: “Aquí la mayoría de empleados toman un mes y medio como mucho, y algunos ni siquiera eso. Es una cuestión de sentido común y responsabilidad”.

Al reincorporarse en diciembre de 2022, el empleado vio modificadas sus condiciones laborales. Se le asignaron funciones de menor nivel y se le impuso un turno partido que complicaba su conciliación familiar, medidas interpretadas como represalias por haber ejercido su derecho.

Consecuencias y demanda judicial

La situación generó un impacto negativo en su salud, provocándole estrés, ansiedad y bajas médicas recurrentes. Durante este período, recibió nuevos comentarios de sus superiores: “Olvídate ya de la paternidad, has descansado mes y medio, pero aquí nadie se toma tanto tiempo. ¿De verdad es tan importante para ti?”.

Incluso se le llegó a sugerir que no volviera al trabajo: “Quédate en casa y ya veremos qué hacemos cuando decidas volver”.

Ante estos hechos, el empleado presentó una demanda alegando vulneración de derechos fundamentales. El Juzgado de lo Social nº2 de Ciudad Real falló a su favor, determinando que la empresa había atentado contra su derecho a la igualdad y condenándola a indemnizarlo con 40.000 euros por daños morales. La compañía recurrió el fallo, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ratificó la sentencia, considerando la compensación adecuada dadas las circunstancias.

Este caso subraya la importancia del respeto a los derechos laborales en materia de conciliación y envía un mensaje claro a las empresas: penalizar a los empleados por ejercer sus derechos parentales tiene consecuencias legales. Además, refuerza la necesidad de fomentar entornos laborales que promuevan la igualdad de género y la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.